Unidad de Información Pública

Nombre
Encargado de la Unidad de Acceso a la Información Pública

Funciones de la Unidad:

  1. Garantizar  el  cumplimiento  de  la  Ley de Acceso a la Información Pública, en base a los  principios  y  procedimientos establecidos en la misma, para el desempeño de sus funciones.
  2. Coordinar  con  los  Directores  y  Coordinadores  de  las demás dependencias municipales,  los  mecanismos  de registros y seguimiento necesarios para cumplir con los plazos determinados para la entrega de información solicitada.
  3. Implementar mecanismos para el adecuado control de solicitudes y para evaluar la eficiencia de respuesta de la municipalidad.
  4. Recibir y tramitar las solicitudes de los interesados, orientándoles en la formulación de las mismas, según lo establecido en el Capítulo único, título segundo de la Ley específica.
  5. Localizar y entregar información pública solicitada por los interesados o notificar justificadamente la negativa de la información.
  6. Expedir copia simple o certificada de la información pública solicitada, siempre que se encuentre en los archivos de la municipalidad.
  7. Coordinar, organizar, administrar, custodiar y sistematizar los archivos que contengan la información pública a su cargo, respetando en todo momento la legislación en la materia.
  8. Proporcionar para consulta la información solicitada por los interesados, que pueda ponerse a disposición de manera inmediata, previniendo de las medidas de seguridad, cuidado y manejo de los mismos; en caso de destrucción, menoscabo o uso indebido, debe informar inmediatamente a la autoridad superior.
  9. Elaborar y presentar informe escrito ante la PDH, correspondiente al año anterior, a más tardar antes de que finalice el último día hábil del mes de enero siguiente.
  10. Promover en las unidades y departamentos de la municipalidad los mecanismos adecuados para el trabajo en equipo;
  11. Actualizar mensualmente la información pública de oficio publicada en la página web oficial de la municipalidad.
  12. Coordinar con la Unidad de Informática el mantenimiento de los recursos de computación y de comunicación en su puesto de trabajo.
  13. Realizar estudios y proponer normas tendientes a mejorar los procedimientos de acceso a la información pública municipal.
  14. Las demás funciones inherentes a la naturaleza del puesto de trabajo de las actividades que le sean asignadas por el Alcalde Municipal y/o el Concejo Municipal.